Concepción de las directrices institucionales sobre prevención y protección policial a la vulnerabilidad de los líderes sociales
DOI:
https://doi.org/10.25057/2500672X.1482Palabras clave:
Atención, Protección, Policía Nacional, Defensores de derechos humanos, Líderes socialesResumen
Este artículo explora el componente normativo y las concepciones de las directrices y los parámetros que tienen establecidos los integrantes de patrulla de la Policía Nacional de Colombia para atender la vulnerabilidad de los líderes sociales y los defensores de los derechos humanos. Se obtuvo como resultado que la directriz de atención implica un contraste entre la normativa profusa y la efectividad de la atención que conlleva una protección adecuada. La contribución del artículo se encuentra en proponer el énfasis en la prevención antes que en la protección.
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Referencias bibliográficas
Asamblea Nacional Constituyente de Colombia. (1991, 20 de julio). Constitución Política de Colombia. Bogotá: Gaceta Constitucional No. 116.
Congreso de la República de Colombia. (1994, 2 de junio). Ley 136 de 1994. Diario Oficial: 41.377. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0136_1994.html
Congreso de la República de Colombia. (1997, 26 de diciembre). Ley 418 de 1997. Diario Oficial: 43.201. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0418_1997.html
Congreso de la República de Colombia. (1998, 30 de diciembre). Ley 489 de 1998. Diario Oficial: 43.464. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=186
Congreso de la República de Colombia. (2004, 30 de diciembre). Ley 938 de 2004. Diario Oficial: 45.778. https://www.fiscalia.gov.co/colombia/wp-content/uploads/2012/01/Ley938-de-2004.pdf
Defensoría del Pueblo de Colombia. (2017, 30 de marzo). Informe de Riesgo N 010-17 I.A. http://www.indepaz.org.co/wp-content/uploads/2020/02/IR-N%C2%B0-010-17-L%C3%ADderesy-Defensores-de-DDHH.pdf
El Espectador. (2021, 8 de agosto). 25 años de lucha por los derechos de los pueblos indígenas. El Espectador. https://www.elespectador.com/contenido-patrocinado/25-anos-de-luchapor-los-derechos-de-los-pueblos-indigenas/
Garzón Vergara, J. C. (2021, 2 de febrero). 10 dinámicas que marcarán la violencia organizada en 2021. La Silla Vacía-Indepaz. http://www.ideaspaz.org/publications/posts/1945
Gobierno de Colombia & FARC. (2016). Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. Bogotá: Oficina del Alto Comisionado para la Paz. http://www.altocomisionadoparalapaz.gov.co/herramientas/Documents/Acuerdo-Final-AF-web.pdf
Indepaz. (2021). Líderes sociales y defensores de Derechos Humanos asesinados en 2020. http://www.indepaz.org.co/lideres/
León, J. (2021, 5 de febrero). Barbosa-unificador-cifras-líderes-sociales-tras-haber-sido-sumanipulador. La Silla Vacía. https://www.lasillavacia.com/historias/silla-nacional/barbosa-esel-unificador-de-cifras-de-lideres-sociales-tras-haber-sido-su-manipulador
Ministerio del Interior de Colombia. (2015, 21 de agosto). Resolución 1085 de 2015.https://www.unp.gov.co/wp-content/uploads/2018/05/resolucion-1085-de-2015-mininterior.pdf
Ministerio del Interior de Colombia. (2021, 7 de diciembre). Resolución 2138 de 2021. https://www.mininterior.gov.co/wp-content/uploads/2022/09/resolucion_2138_del_7_de_diciembre_de_2021.pdf
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2004). Los Defensores de los Derechos Humanos: Protección del Derecho a Defender los Derechos Humanos. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. https://www.ohchr.org/documents/publications/factsheet29sp.pd.
Otzen, T. & Manterola, C. (2017). Técnicas de Muestreo sobre una Población a Estudio. International Journal of Morphology, 35(1), 227-232. https://dx.doi.org/10.4067/S0717-95022017000100037
Policía Nacional de Colombia. (2014). Guía de atención policial para la atención a población vulnerable. https://www.policia.gov.co/sites/default/files/descargables/22._1ip-gu-0004_guia_de_actuacion_policial_para_la_atencion_de_poblaciones_vulnerables.pdf
Policía Nacional de Colombia. (2019). Directiva 013 de 2019 / DIPON-INSGE-23.2, parámetros de actuación policial de la estrategia de protección a poblaciones en situación de vulnerabilidad–ESPOV
Presidencia de la República de Colombia. (1999, 10 de septiembre). Directiva Presidencial 07 de 1999. Diario Oficial: 43.700. https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/directiva_presidencia_dp007_99.htm#:~:text=Enfatiza%20la%20voluntad%20pol%C3%ADtica%20del,Amenazadas%20del%20Ministerio%20del%20Interior
Presidencia de la República de Colombia. (2000, 6 de junio). Decreto 978 de 2000. Diario Oficial: 44.033. https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1731234
Presidencia de la República de Colombia. (2000, 24 de agosto). Decreto 1592 de 2000. Diario Oficial: 44.139. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=6092#:~:text=Crea%20el%20programa%20de%20protecci%C3%B3n,adscrito%20al%20Ministerio%20del%20Interior
Presidencia de la República de Colombia. (2002, 10 de julio). Decreto 1386 de 2002. Diario Oficial: 44.861. https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1277464#:~:text=DECRETA%3A,%2C%20integridad%2C%20seguridad%20o%20libertad.
Presidencia de la República de Colombia. (2003, 3 de octubre). Decreto 2788 de 2003. Diario Oficial: 45.329 https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1490743#:~:text=por%20el%20cual%20se%20unifica,del%20Interior%20y%20de%20Justicia.
Presidencia de la República de Colombia. (2003, 17 de septiembre). Directiva Presidencial 09 de 2003. Diario Oficial: 45. 313. https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=DirectivasP/30021419
Presidencia de la República de Colombia. (2011, 31 de octubre). Decreto 4065 de 2011. Diario Oficial: 48.239. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=44545
Presidencia de la República de Colombia. (2016, 10 de agosto). Decreto 1314 de 2016. Diario Oficial: 49.961. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=75234
Presidencia de la República de Colombia. (2017, 28 de septiembre). Decreto 1581 de 2017. Diario Oficial: 50.370. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=83593
Presidencia de la República de Colombia. (2018, 17 de abril). Decreto 660 de 2018. Diario Oficial: 50.567. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=85922
Somos defensores (2020). El virus de la violencia. Informe semestral. https://somosdefensores.org/2020/11/03/el-virus-de-la-violencia/
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